Según La Ley Orgánica 2/2010 de 4 de marzo en su artículo 17 establece que todas las mujeres que manifiesten su intención de someterse a una interrupción voluntaria del embarazo, recibirán información sobre los distintos métodos de IVE, información que deberá recibir la mujer de forma verbal y por escrito, PUDIENDO SOLICITAR CUANTA ACLARACIÓN DESEE SOBRE EL PARTICULAR y, tras lo cual, la mujer decidirá según su criterio y mediante la firma de un consentimiento informado, sobre el método que prefiere utilizar.
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Se denominan técnicas farmacológicas cuando se utilizan fármacos para conseguir una evacuación uterina completa, sin ninguna técnica instrumental complementaria. Sólo puede realizarse en embarazos de no más de 7 semanas.
Consiste en la toma de uno o más comprimidos de Mifepristona por vía oral. Entre las 24 y 48 horas posteriores se deberá administrar otro fármaco por alguna de estas vías: oral, vaginal, bucal o sublingual para completar el proceso de interrupción de la gestación. Las vías más utilizadas son la bucal y vaginal.
El aborto puede tardar en producirse entre pocas horas a varios días. Las píldoras utilizadas en el método farmacológico sólo pueden ser suministradas en hospitales y en clínicas acreditadas para la interrupción del embarazo.
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Las técnicas instrumentales, dilatación y aspiración, utilizan las aperturas naturales del cuerpo para vaciar el contenido uterino,
por tanto no son métodos quirúrgicos.
Hasta las 14 semanas de embarazo:
Dilatación y Aspiración:
Un método instrumental rápido y seguro que permite dilatar progresivamente el cuello del útero hasta realizar una aspiración del contenido. Se puede practicar con anestesia local, con sedación o con anestesia general, por indicación médica o deseo de la usuaria. Esta técnica puede durar entre tres y diez minutos.