Según La Ley Orgánica 2/2010 de 4 de marzo en su artículo 17 establece que todas las mujeres que manifiesten su intención de someterse a una interrupción voluntaria del embarazo, recibirán información sobre los distintos métodos de IVE, información que deberá recibir la mujer de forma verbal y por escrito, PUDIENDO SOLICITAR CUANTA ACLARACIÓN DESEE SOBRE EL PARTICULAR y, tras lo cual, la mujer decidirá según su criterio y mediante la firma de un consentimiento informado, sobre el método que prefiere utilizar.
Se denominan técnicas farmacológicas cuando se utilizan fármacos para conseguir una evacuación uterina completa, sin ninguna técnica instrumental complementaria. Sólo puede realizarse en embarazos de no más de 7 semanas.
Consiste en la toma de uno o más comprimidos de Mifepristona por vía oral. Entre las 24 y 48 horas posteriores se deberá administrar otro fármaco por alguna de estas vías: oral, vaginal, bucal o sublingual para completar el proceso de interrupción de la gestación. Las vías más utilizadas son la bucal y vaginal.
El aborto puede tardar en producirse entre pocas horas a varios días. Las píldoras utilizadas en el método farmacológico sólo pueden ser suministradas en hospitales y en clínicas acreditadas para la interrupción del embarazo.
Las técnicas instrumentales, dilatación y aspiración, utilizan las aperturas naturales del cuerpo para vaciar el contenido uterino,
por tanto no son métodos quirúrgicos.
Hasta las 14 semanas de embarazo:
Dilatación y Aspiración:
Un método instrumental rápido y seguro que permite dilatar progresivamente el cuello del útero hasta realizar una aspiración del contenido. Se puede practicar con anestesia local, con sedación o con anestesia general, por indicación médica o deseo de la usuaria. Esta técnica puede durar entre tres y diez minutos.